El Consejo de Administración de EMUGESA en sesión extraordinaria celebrada telemáticamente urgente de fecha 25 de marzo de 2020, ha aprobado un Plan de Flexibilización de pago de rentas de alquiler del mes de abril 2020, consistente en APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE RENTA MES DE ABRIL, a pagar en tres fracciones iguales, siendo la primera el mes de abril, la segunda en mayo y la tercera en junio de 2020, conforme a las siguientes condiciones:
- Medida de AYUDA: Plan de Flexibilización de pago de rentas de alquiler del mes de abril 2020, consistente en APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO DE RENTA MES DE ABRIL, a pagar en tres fracciones iguales, siendo la primera el mes de abril, la segunda en mayo y la tercera en junio de 2020.
- Beneficiarios: Titulares de contrato de arrendamiento de inmuebles gestionados por EMUGESA S.A. en las 31 VPPB-A “El Caño” y Locales Comerciales arrendados, afectados por medidas de reducción salarial, reducción de ingresos económicos de la unidad familiar ó en el caso de negocios, que desarrollen actividades recogidas en el art. 10 del Decreto 463/2020 de Estado de Alarma por Crisis Sanitaria COVID-19.
- Forma de Presentación: Presentación de instancia de solicitud, vía declaración Responsable, dirigida a info@emugesa.com antes del 31 de marzo de 2020, haciendo constar los siguientes extremos:
- Datos del Titular.
- Datos del inmueble arrendado (Dirección postal)
- Motivación de la solicitud.
- Compromiso de aceptación de condiciones de fraccionamiento en tres meses de la renta del mes de abril.
- Acreditación de los motivos mediante el aporte de comunicaciones de modificaciones de condiciones laborales, suspensión temporal contrato de trabajo, despido por causas económicas para el caso de personas físicas ó similares; ó en el caso de trabajadores autónomos ó sociedades justificante del alta en la AEAT en Actividad Económica suspendida según el art. 10 del Decreto 463/2020.
- Plazo presentación solicitudes: Hasta 31 de marzo de 2020
Las presentes condiciones podrán verse prorrogadas en función de la evolución de acontecimientos debidos a la crisis sanitaria COVID-19, o cualesquiera otras disposiciones establecidas o a establecer en esta materia por las autoridades públicas.
Además, los miembros del consejo de Administración también han decidido no percibir la cuota correspondiente por asistencia a esta reunión y esa cantidad se destine íntegramente a la compra de más equipos de protección (EPI’s) “para los trabajadores de la empresa municipal que a día de hoy siguen prestando servicios mínimos de manera ejemplar, como es el caso de jardineros, conserjes ó recepcionistas, para poder atender a los vecinos y mantener riegos, limpieza y sanecanes, según han asegurado la Alcaldesa- Presidenta de la Junta General y el Consejero Presidente de EMUGESA S.A.
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