La Empresa Municipal de Gestión de Servicios de Arroyomolinos, S.A., precisa la contratación de personal cuyas funciones se sujetarán a las previstas en el Convenio aplicable Estatal de Jardinería, correspondiéndose particularmente a las de personal del Grupo C. Personal de Oficios Manuales. Subgrupo 4. Jardinero. Conforme al siguiente detalle no exhaustivo de labores:

Es aquel trabajador/a que se dedica a funciones concretas y determinadas que sin dominar propiamente el oficio, exigen práctica y especial habilidad, así como atención en los trabajos a realizar. Deberá tener conocimiento o práctica, como mínimo de las operaciones que a continuación se describen y no tan solo de una de ellas:

– Desfonde, cavado y escarda a máquina. – Preparación de tierras y abonos. – Arranque, embalaje y transporte de plantas. – Plantación de cualquier especie de elemento vegetal. – Recorte y limpieza de ramas y frutos. – Poda, aclarado y recorte de arbustos. – Preparación de insecticidas y anti criptogámicos y su empleo. – Protección y entutorado de árboles, arbustos y trepadoras, etc. – Utilizar y conducir tractores, maquinaria y vehículos con permiso de conducir de clase B, así como sus elementos accesorios, siendo responsable de su buen uso, limpieza y mantenimiento. – Riegos automatizados.

Desarrolla su actividad profesional en empresas, dedicadas a la instalación, mantenimiento y mejora de jardines de interior, exterior y zonas verdes. Asimismo, está capacitado para realizar tratamientos plaguicidas según la actividad regulada por la normativa correspondiente.