REAPERTURA EXPEDIENTE DE ENAJENACION EDIFICIO EN CONSTRUCCION 61 VPPL EN PARCELA M4 SAU5 MOLINO PERDIDO. Arroyomolinos
EMUVISA conforme a acuerdo aprobado en Consejo de Administración celebrado el pasado día 23 de junio de 2017, en el que por unanimidad de sus miembros, acuerdan modificar el precio de licitación a DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL EUROS (2.820.000,00 €), publica las condiciones del concurso público para la enajenación del edificio en construcción destinado a 61 VPPL, plazas de garaje y trasteros en Arroyomolinos.
El objeto del presente concurso es la adjudicación y enajenación, como cuerpo cierto y libre de cargas, por concurso público, del edificio de 61 viviendas VPPL, garajes y trasteros (excluida la finca nº 94, local comercial) que está en construcción en la parcela M-4 del Sector SAU-5 de Arroyomolinos, c/ San Fernando c/v c/ Huelva, en Arroyomolinos (Madrid), calificadas en el vigente Plan Parcial como residencial protegido.
LAS PERSONAS O ENTIDADES INTERESADAS EN TOMAR PARTE DE ESTA CONVOCATORIA DEBERÁN PRESENTAR SUS PROPUESTAS en el Registro General de EMUVISA (Calle de Madrid 31, 28939. Arroyomolinos) ANTES DE LAS 14:30 DEL DÍA 17 DE JULIO DE 2017.
El edificio en construcción objeto de enajenación contempla la construcción de 61 viviendas en distintas tipologías, con 61 trasteros y 61 plazas de garajes vinculados, todos ellos calificados como vivienda VPP de precio limitado en régimen de compra-venta según Reglamento de viviendas con Protección Pública de la Comunidad aprobado por decreto 74/2009 de 30 de junio; más 22 plazas de garajes no vinculadas (hasta un total de 93 plazas) y un local comercial de dos plantas.
La enajenación no incluye la venta de la denominada, en Escritura de declaración de obra nueva y división horizontal, como finca noventa y cuatro destinada a local comercial, que deberá ser desarrollada por el licitador bajo las condiciones mínimas indicadas en el presente pliego y entregada a EMUVISA a la finalización de la promoción con las licencias y autorizaciones de primera ocupación oportunas para su posterior aprovechamiento.
El suelo y las obras objeto de enajenación se encuentran iniciadas y suspendidas, con un grado de avance del 30%, correspondiente a la estructura de la edificación completa. Se trata por tanto de la venta del suelo junto con la parte ya construida para su continuación, bien bajo el mismo proyecto o bajo propuesta de modificación que deberá aportarse en el presente concurso.
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Anexo-II.-NORMATIVA-URBANISTICA
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